Se abstiene de emitir pronunciamiento por haberse dictado sentencia judicial en el asunto
- Fecha
- 23 de enero de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- contraloría general de la república, incompetencia
- Cita
- Dictamen N° 6.502 de 2015
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 73.203 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 6.502 Fecha: 23-I-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, exfuncionaria de Carabineros de Chile, asistida por don nombre reservado, abogado, solicitando se establezca si el procedimiento en virtud del cual fue eliminada de esa institución policial, por afectarle una imposibilidad física, se ajustó a derecho.
Requerida de informe, la mencionada entidad manifestó, en síntesis, que la peticionaria, en relación con el mismo motivo, interpuso un recurso de protección ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Concepción, el que, en instancia de apelación, fue rechazado por la Exma.Corte Suprema, en su sentencia de fecha 25 de agosto de 2014.
Al respecto, cumple con señalar que a este Organismo Fiscalizador, con arreglo a lo previsto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, impedimento que según se precisó en el dictamen N° 73.203, de 2014, de este origen, entre otros, se extiende a los casos en que el fallo judicial ha resuelto el problema jurídico planteado, como aconteció en la especie.
Por consiguiente, esta Entidad Fiscalizadora se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido.
Transcríbase a Carabineros de Chile y a la Contraloría Regional del Biobío.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante