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Derecho público chileno

DictamenN° 63.021 de 20157 ago 2015

No procede emitir pronunciamiento anticipado respecto de una investigación sumaria administrativa en trámite en el Ejército

Fecha
7 de agosto de 2015
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18575 art/3, ley 18575 art/8, ley 19880 art/7
Descriptores
personal, responsabilidad administrativa, investigación sumaria
Cita
Dictamen N° 63.021 de 2015

Relaciones

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Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 63.021 Fecha: 07-VIII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, viuda del exfuncionario del Ejército, señor nombre reservado, reclamando por los eventuales vicios que afectarían la legalidad de la investigación sumaria administrativa que se realiza con la finalidad de verificar las circunstancias en que se produjo el fallecimiento de su cónyuge, la que, según lo informado por la mencionada institución castrense, aún no ha finalizado.

Al respecto, es dable señalar que tal procedimiento se regula en el decreto N° 277, de 1974, del Ministerio de Defensa Nacional, en cuya tramitación se consultan diversas etapas para que la afectada pueda hacer valer sus planteamientos, las que tienen por objeto garantizar un debido proceso, sin que a este Ente Fiscalizador le corresponda intervenir durante su desarrollo, tal como se manifestó en los dictámenes N os 68.487, de 2012 y 10.003, de 2014, de este origen.

Sin perjuicio de lo expuesto, y atendida la demora en la sustanciación de la referida investigación -considerando que se ordenó instruir con fecha 13 de noviembre de 2013-, es útil advertir que tal dilación afecta negativamente a la interesada, por lo que procede que la autoridad pertinente del Ejército, en virtud de lo dispuesto en los artículos 3° y 8° de la ley N° 18.575, y 7° de la ley N° 19.880, que imponen el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la rapidez y oportunidad de sus decisiones, adopte, a la brevedad, las actuaciones necesarias para dar pronto término a la indagación de que se trata, en el evento, por cierto, de que ello no se hubiere ya efectuado.

Transcríbase a la señora nombre reservado.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante