Se ajusta a derecho cese de contrata por cumplimiento del plazo de la designación
- Fecha
- 5 de octubre de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 18834 art/3 lt/c, ley 18834 art/10
- Descriptores
- cese de contrata, plazo de designación
- Cita
- Dictamen N° 62.096 de 2012
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 41.562 de 2015
- Aplica Dictamen N° 23.714 de 2014
- Aplica Dictamen N° 23.080 de 2014
- Aplica Dictamen N° 18.090 de 2014
- Aplica Dictamen N° 36.808 de 2013
- Aplica Dictamen N° 36.227 de 2013
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 25.441 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 62.096 Fecha : 05-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, exfuncionaria del Instituto de Previsión Social, para reclamar respecto de la no renovación de su contrata para el año 2012, lo que, a su juicio, sería injusto e ilegal. Requerido su informe, la anotada entidad expresó que es una facultad exclusiva del jefe de servicio prolongar una contrata y determinar su duración, añadiendo que en uso de tal atribución, la autoridad de la época decidió no prorrogar la designación de la interesada. Enseguida, cabe señalar que, de los registros de esta Entidad de Control, se ha podido verificar que la citada exservidora mantuvo durante el año 2011 una designación a contrata que se extendió hasta el 31 de diciembre de esa anualidad, sin que conste, a su vez, la prórroga de la misma. Precisado lo anterior, y en lo que respecta a la no renovación de su contrata, se debe recordar que, según aparece de lo previsto en los artículos 3°, letra c), y 10 de la ley N° 18.834, los empleos a contrata son aquellos que se encuentran consultados en calidad de transitorios en una entidad, cuya duración máxima es hasta el 31 de diciembre de cada año, y que quienes los sirven expiran en sus funciones en esa fecha, por el solo ministerio de la ley, salvo que hubiere sido propuesta la prórroga con treinta días de anticipación a lo menos. Luego, resulta necesario puntualizar que este Órgano de Fiscalización ha señalado, entre otros, en el dictamen N° 25.441, de 2012, que compete a la autoridad administrativa resolver sobre la procedencia de prolongar una contrata y su duración. En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto, es dable concluir que el término de la designación de la señora nombre reservado tuvo lugar por expreso mandato de la ley, una vez vencido el plazo de vigencia establecido, esto es, el 31 de diciembre de 2011.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante