Cursa con alcances la resolución N° 163, de 2016, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales
- Fecha
- 12 de agosto de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, enmienda acto administrativo
- Cita
- Dictamen N° 59.810 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 35.249 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 59.810 Fecha: 12-VIII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, por medio del cual se aprueban las bases de licitación pública para la adquisición de la solución informática que se indica, por ajustarse a derecho. No obstante, cabe hacer presente que lo dispuesto en la sexta viñeta del párrafo segundo del artículo 15° de las bases administrativas, no resulta exigible en la etapa de evaluación de la admisibilidad de las propuestas, dado que se refiere a un incumplimiento del convenio que se suscribirá. Además, cumple con manifestar que ese servicio debe arbitrar las medidas tendientes a que las enmiendas que se efectúen a los actos administrativos que han sido retirados y posteriormente reingresados a este órgano de Control, sean salvadas al margen de cada una de ellas mediante timbre y media firma de la autoridad o ministro de fe competente, con el objeto de velar por la integridad y autenticidad del acto, y a fin de que exista constancia de que el jefe superior del respectivo servicio haya dispuesto o tomado conocimiento de las mismas (aplica dictamen N° 35.249, de 2016). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución mencionada. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República