Cursa con alcances la resolución N° 149, de 2016, del Servicio de Salud Metropolitano Occidente
- Fecha
- 13 de mayo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Contratos administrativos, contratos de suministro, bases de licitación
- Cita
- Dictamen N° 35.249 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 59.810 de 2016
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 45.622 de 2012
- Aplica Dictamen N° 25.927 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 35.249 Fecha: 13-V-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, por medio del cual se aprueban las bases para adquirir, mediante licitación pública, los bienes que indica, por ajustarse a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que dentro de la etapa de aclaración de las bases, la entidad licitante deberá precisar, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, que esta Entidad de Control entiende que las multas descritas en el N° 1 del artículo 54° del pliego de condiciones, serán aplicadas por evento y no por día asociado a cada incumplimiento. Además, es necesario manifestar que, acorde con lo informado mediante los dictámenes de este origen N o s 25.927, de 2010 y 45.622, de 2012, entre otros, ese servicio debe arbitrar las medidas tendientes a que las enmiendas que se efectúen a los actos administrativos que han sido retirados y posteriormente reingresados a este órgano de Control, sean salvadas al margen de cada una de ellas mediante timbre y media firma de la autoridad o ministro de fe competente, con el objeto de velar por la integridad y autenticidad del acto, y a fin de que exista constancia de que el jefe superior del respectivo servicio haya dispuesto o tomado conocimiento de las mismas. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución señalada. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República