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Derecho público chileno

DictamenN° 57.569 de 20164 ago 2016

Rechaza solicitud de reconsideración del dictamen Nº 23.470, de 2016, de esta Contraloría General, relativo al reemplazo de beneficiario de subsidio que indica

Fecha
4 de agosto de 2016
Materia
Urbanismo, construcción y vivienda
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Vivienda y Urbanismo, facultades Serviu, subsidios habitacionales
Cita
Dictamen N° 57.569 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 57.569 Fecha: 04-VIII-2016 Mediante el dictamen individualizado en la suma, esta Contraloría General atendió la presentación efectuada por el señor nombre reservado, en la que solicitaba un pronunciamiento acerca de la juridicidad de la medida adoptada por el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Bío-Bío, al excluirlo -por medio de su resolución exenta N° 1.384, de 2015- de la nómina de beneficiarios del subsidio habitacional del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto N° 49, de 2011, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

En dicho pronunciamiento se consignó, en lo que importa, que la exclusión de la nómina del interesado se amparaba en el artículo 28 del referido decreto N° 49, pues concurrían los presupuestos que en ese precepto se señalan, correspondiendo de manera privativa tal decisión al comité que integraba el reclamante, por lo que se concluyó que en los términos ahí expuestos, no cabía objetar la singularizada resolución exenta N° 1.384.

En esta oportunidad, el indicado recurrente solicita la reconsideración del reseñado dictamen, expresando en lo esencial, que su postulación fue individual y no a través del comité, respecto del cual insiste en sus dichos acerca de las irregularidades que habría realizado con la finalidad de privarlo del anotado subsidio.

Sobre el particular, es dable manifestar que del examen de la presentación que se atiende, aparece que las alegaciones que se formulan para requerir la aludida reconsideración constituyen una reiteración de aspectos que fueron debidamente analizados para la emisión del oficio que se impugna.

No obstante, se ha estimado del caso recordar, tal como se consignó en el citado pronunciamiento, que mediante la resolución exenta N° 9.914, de 2012, de la mencionada cartera de Estado, se asignaron directamente 80 subsidios del señalado programa a las familias que formaban parte del proyecto "Alto Coronel A-1", apuntando en su tabla 2, de nómina de integrantes, como beneficiario al interesado, por lo que, contrario a lo indicado por el recurrente, no se advierte que este haya postulado ni obtenido algún subsidio de manera individual.

En mérito de lo expuesto, y dado que no se han aportado nuevos antecedentes de hecho o de derecho, o elementos de juicio cuyo análisis permita variar lo ya sostenido, se ratifica el dictamen N° 23.470, de 2016, de este origen.

Transcríbase a la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, al Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Bío-Bío, y a la Contraloría Regional del Bío-Bío.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República