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Derecho público chileno

DictamenN° 57.519 de 201214 sep 2012

Derecho a licencia médica sólo se posee mientras se mantenga calidad de funcionario

Fecha
14 de septiembre de 2012
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
licencia médica, remuneraciones, potestad sancionatoria, sumario administrativo
Cita
Dictamen N° 57.519 de 2012

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 57.519 Fecha:14-IX-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario del Servicio de Salud Metropolitano Sur, para solicitar un pronunciamiento respecto de la falta de tramitación de una licencia médica.

Requerido su informe, el mencionado organismo ha señalado que el recurrente cesó el 17 de octubre de 2011, por lo que se rechazó una licencia médica que él presentó con posterioridad a dicha data.

Sobre el particular, cabe destacar que la licencia a que alude el requirente regía a contar del 18 de octubre de 2011, por lo que no tenía derecho a hacer uso de tal beneficio, dado que según lo ha precisado este Órgano de Control, entre otros, en su dictamen N° 36.984, de 2010, el derecho a remuneraciones por el tiempo que dure una licencia por enfermedad, sólo se tiene mientras el afectado se mantenga ligado laboralmente con la respectiva entidad.

Por otra parte, y en relación con la petición del ocurrente para que se realice un sumario administrativo acerca de la agresión que habría sufrido de parte de otro servidor, es dable anotar, en armonía con lo manifestado en el dictamen N o 59.798, de 2011, de este origen, que conforme a lo dispuesto en la ley N° 18.834, corresponde a la superioridad dotada de la potestad sancionatoria determinar si los hechos descritos por el peticionario son susceptibles de ser castigados con una medida disciplinaria, caso en el cual debe ordenar la instrucción de un proceso sumarial.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante