Representación de decreto que renueva concesión marítima mayor en zona de balneario
- Fecha
- 27 de enero de 2012
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 149/80 INTER art/1, dl 3063/79 art/45
- Descriptores
- renovación concesión marítima mayor, sector de playa declaración balneario
- Cita
- Dictamen N° 5.494 de 2012
Resumen
Se representa el decreto por no ajustarse a derecho, pues la renta de la concesión debe cederse en beneficio de la Municipalidad de Penco conforme a la Ley de Rentas Municipales y no como consigna el instrumento.
Sumario de la Contraloría
Representa decreto N° 1012, de 2011, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que otorga primera renovación de la concesión marítima mayor que indica
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 12.855 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 5.494 Fecha: 27-I-2012 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 1012, de 2011, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas , que otorga primera renovación de la concesión marítima mayor que indica, por cuanto no se ajusta a derecho.
En efecto, el sector de playa concedido se encuentra en Lirquén, zona declarada balneario de acuerdo al artículo 1° del decreto N° 149, de 1980, del Ministerio del Interior, por lo que, en razón de lo preceptuado en el artículo 45 del decreto ley N° 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales, la renta determinada en el N° 8 del acto administrativo en estudio, debe ceder en beneficio de la Municipalidad de Penco y no como se consigna en el N° 11 del instrumento en estudio.
En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo señalado.
Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica