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Derecho público chileno

DictamenN° 54.660 de 201130 ago 2011

Se abstiene de emitir pronunciamiento sobre reclamo en proceso sumarial pendiente

Fecha
30 de agosto de 2011
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Fuentes legales
ley 18834, res 1600/2008 contr
Descriptores
abstención, sumario pendiente, Dirección de Vialidad
Cita
Dictamen N° 54.660 de 2011

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 54.660 Fecha:30-VIII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, funcionario de la Dirección de Vialidad para reclamar por la medida disciplinaria de destitución dispuesta en su contra, al término de un sumario administrativo incoado en la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía, toda vez que, a su juicio, en dicho procedimiento se habría incurrido en vicios que afectan su legalidad.

Sobre el particular, y de manera previa, corresponde indicar que de acuerdo con los registros de esta Entidad de Control aún no ha sido ingresado, para el trámite de control previo de legalidad, el acto administrativo terminal a través del cual se aplique, en definitiva, la sanción disciplinaria a que alude el afectado.

Enseguida, cabe manifestar que, tal como sostiene la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control contenida en los dictámenes N os 44.092, de 2010 y 511, de 2011, los sumarios administrativos son procedimientos reglados y a su respecto no caben otros trámites o instancias que aquellas previstas en la reglamentación que, al efecto, establece la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, normativa que no otorga facultades a esta Contraloría General para emitir una opinión anticipada respecto de procesos disciplinarios sobre cuyos resultados tendrá oportunidad de pronunciarse al efectuar el control de legalidad del acto administrativo que los afine, de ser ello procedente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N° 1.600, de 2008, de este origen, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

En razón de lo expresado, este Organismo de Control se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado y procederá a examinar la legalidad del aludido proceso sumarial, en los términos anotados.

nombre reservado

Contralor General de la República