Designación de comisiones de apertura y evaluación en asesoría de la Dirección de Obras Hidráulicas
- Fecha
- 30 de agosto de 2011
- Fuentes legales
- dto 48/94 moopp art/39, dto 48/94 moopp art/40
- Descriptores
- consultoría, aprueba antecedentes, acepta oferta, comisiones no ajustadas a derecho, reforma a bases tipo requiere toma de razón
- Cita
- Dictamen N° 54.617 de 2011
Resumen
Se representa la resolución que acepta la oferta, pues la designación de las comisiones de Apertura y Evaluación no se ajusta a los artículos 39 y 40 del Reglamento para la Contratación de Trabajos de Consultoría.
Sumario de la Contraloría
Representa la res 95/2011, de la Dirección de Obras Hidráulicas, que aprueba antecedentes y acepta oferta para ejecución de asesoría que indica, por cuanto la designación de las comisiones de Apertura y de Evaluación efectuada por la resolución exenta 3427/2011, de esa Dirección, no se ajusta a lo establecido en los artículos 39 y 40 del Reglamento para la Contratación de Trabajos de Consultoría, aprobado por el decreto 48/1994, del Ministerio de Obras Públicas
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 79.301 de 2013
- Aplica Dictamen N° 74.095 de 2013
- Aplica Dictamen N° 73.842 de 2013
- Aplica Dictamen N° 25.839 de 2012
- Aplica Dictamen N° 21.395 de 2012
- Aplica Dictamen N° 20.642 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 54.617 Fecha:30-VIII-2011 La Contraloría General no ha dado curso a la resolución N° 95, de 2011, de la Dirección de Obras Hidráulicas, que aprueba antecedentes y acepta la oferta de la empresa que indica para la ejecución de la "Asesoría a la Inspección Fiscal para el contrato de Obras Embalse Chacrillas, Putaendo, V Región de Valparaíso", por cuanto la designación de las comisiones de Apertura y de Evaluación efectuada por la resolución exenta N° 3.427, de 2011, de esa Dirección, no se ajusta a lo establecido en los artículos 39 y 40 del Reglamento para la Contratación de Trabajos de Consultoría, aprobado por el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas.
Finalmente, en lo sucesivo, las modificaciones que ese servicio introduzca a las bases administrativas, términos de referencia y sus respectivos anexos, elaborados conforme a los formatos tipos aprobados por la resolución N° 227, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, deberán ser aprobadas por resolución sometida al trámite de toma de razón antes de que produzcan sus efectos, y no como ocurrió en esta ocasión en que se introdujeron variaciones a los referidos anexos complementarios, sin que el acto administrativo que las aprobó se haya sometido a dicho trámite.
Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación