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Derecho público chileno

DictamenN° 51.264 de 20147 jul 2014

Reclamo de exfuncionaria por supuestas malas referencias que impedirían su reingreso a la Administración

Fecha
7 de julio de 2014
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Fuentes legales
ley 18575 art/16, ley 18575 tit/III
Descriptores
inhabilidad ingreso administración
Cita
Dictamen N° 51.264 de 2014

Resumen

Se desestima el reclamo: no constan inhabilidades que impidan a la recurrente acceder a un empleo público ni antecedentes de referencias desfavorables del ministerio.

Sumario de la Contraloría

No constan, en los registros de esta entidad fiscalizadora, impedimentos para que la recurrente pueda reingresar a la Administración del Estado ni tampoco se adjuntan antecedentes que avalen su reclamo

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 51.264 Fecha: 07-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, exfuncionaria del Ministerio de Relaciones Exteriores, para reclamar que, desde su cese en esa entidad, ha postulado a varios concursos públicos sin obtener resultados favorables, lo que sería a causa de las malas referencias que respecto de ella ha dado esa Secretaría de Estado.

Consultada al efecto, la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, manifiesta, en síntesis, que efectuadas las indagaciones del caso, no existe constancia alguna que se hubiere solicitado información o antecedentes laborales de la señora nombre reservado a la Dirección de Personas y Desarrollo Organizacional del anotado ministerio.

Sobre el particular, se debe indicar que, acorde a lo prescrito en el artículo 16 de la ley N° 18.575 y lo sostenido en el dictamen N° 24.877, de 2014, de este origen, para entrar a la Administración del Estado se deben cumplir las condiciones generales que determine el respectivo estatuto; las que establece el Título III del citado texto normativo; las propias del pertinente empleo y, además, someterse al concurso que corresponda.

En ese contexto, revisados los registros de este Ente Fiscalizador y los antecedentes tenidos a la vista, no se advierte ninguna inhabilidad que impida a la solicitante acceder a algún empleo público, como tampoco que se haya visto imposibilitada de ser designada a causa de referencias desfavorables proporcionadas por la citada institución, por lo que se desestima lo alegado por la peticionaria.

Transcríbase a la Subsecretaría de Relaciones Exteriores.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República