Representación de decreto que aprueba compraventa de inmueble fiscal por falta de urbanización
- Fecha
- 27 de junio de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dfl 458/75 VIVIE art/136
- Descriptores
- compraventa inmueble, urbanización predio
- Cita
- Dictamen N° 47.779 de 2014
Resumen
Se representa el decreto porque no consta que se haya garantizado la completa urbanización del predio, exigencia previa a la suscripción del convenio de venta según la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Sumario de la Contraloría
Representa el decreto N° 95, de 2014, del Ministerio de Bienes Nacionales
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 37.684 de 2015
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 15.065 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 47.779 Fecha: 27-VI-2014 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 95, de 2014, del Ministerio de Bienes Nacionales , que aprueba el contrato de compraventa del inmueble que indica, celebrado entre el Fisco de Chile y la Sociedad de Inversiones Alto Molle Limitada, por cuanto no se ajusta a derecho.
En efecto, cumple con hacer presente que de los antecedentes adjuntos, especialmente el certificado de informaciones previas N° 159, de 25 de febrero de 2011, de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Alto Hospicio, no consta que se haya garantizado la completa urbanización del predio de que se trata, circunstancia que debe acreditarse antes de suscribir el respectivo convenio de venta, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (aplica dictamen N°15.065, de 2014).
En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo señalado.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República