Calificación de exfuncionario de Carabineros en Lista N° 4 de Eliminación por arrestos
- Fecha
- 26 de julio de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 5193/59 inter art/118 lt/d num/2
- Descriptores
- Carab, calificaciones, eliminación, arrestos
- Cita
- Dictamen N° 47.552 de 2013
Resumen
La calificación se ajustó a derecho, pues las sanciones de arrestos sumaron 43 días y el reglamento dispone incluir en esa lista a quienes acumulen cuarenta o más días de arrestos en el período evaluado.
Sumario de la Contraloría
Exfuncionario de Carabineros de Chile debió ser ubicado en Lista N° 4, de Eliminación, en consideración a las sanciones de arrestos que registra
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 33.029 de 2019
- Aplica Dictamen N° 93.633 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 47.552 Fecha: 26-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Víctor Román Neira Durán, abogado, en representación de don nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento respecto de la licitud de la calificación de su mandante, correspondiente al año 2011, en la cual fue incluido en Lista N° 4, de Eliminación, la que, según lo informado por esa entidad, se conformaría a la normativa que rige la materia.
Sobre el particular, en cuanto a que los acuerdos de las juntas que agregaron a su representado en la referida nómina, no estarían fundados, es necesario destacar que de su estudio, aparece que en ellos se exponen los motivos concretos y circunstancias precisas que determinan la mantención del puntaje asignado, pues señalan de qué manera las sanciones aplicadas al recurrente -que totalizan 43 días de arrestos-, permitieron ratificar las notas otorgadas a los rubros valorizados.
En este sentido, resulta útil anotar que el artículo 118, letra d), N° 2, del decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos, dispone, en lo pertinente, que figurarán en la lista de que se trata, quienes hayan sufrido arrestos que en conjunto sumen cuarenta o más días durante el periodo a evaluar, lo que, como ya se expresó, sucedió en la especie.
Por consiguiente, cabe concluir que la calificación del señor nombre reservado, se ajustó a derecho.
nombre reservado
Contralor General de la República