Constancias Positivas son partes de los antecedentes a considerar en las evaluaciones. Anotaciones de demérito pueden afectar más de un rubro
- Fecha
- 22 de julio de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Gendarmería, proceso calificatorio, anotaciones de mérito, anotaciones de demérito
- Cita
- Dictamen N° 46.049 de 2013
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 60.593 de 2012
- Aplica Dictamen N° 57.753 de 2012
- Aplica Dictamen N° 80.436 de 2010
- Aplica Dictamen N° 31.178 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 46.049 Fecha: 22-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, funcionario de Gendarmería de Chile, solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad de su calificación correspondiente al período 2011-2012, en la cual fue incluido en Lista N° 3, Condicional, la que, según lo informado por esa entidad, se ajustaría a la normativa que rige la materia.
En primer término, en cuanto a la disconformidad con la valoración dada a su trabajo, cabe indicar que la facultad de este Organismo Fiscalizador para revisar las evaluaciones, dice relación con la posible existencia de arbitrariedades o vicios de legalidad que pudieran presentarse en sus diferentes etapas y no sobre el mérito y desempeño de un determinado empleado, como se resolvió en el oficio N° 80.436, de 2010, de este origen, entre otros.
Luego, respecto al hecho de no ponderarse sus constancias positivas, es dable expresar que esta Entidad de Control, en su dictamen N° 60.593, de 2012, entre otros, señaló que tales datos revisten un carácter informativo y son sólo parte de los distintos antecedentes a considerar por los órganos calificadores al ejercer su cometido, que no limitan sus atribuciones para apreciar el comportamiento laboral de un servidor, por lo que éste puede ser incorporado en una nómina deficiente, aun cuando posea anotaciones destacadas en su historial.
A su turno, en lo que atañe a la improcedencia de haber tenido en cuenta sus notas de demérito en más de un factor de su evaluación, se debe manifestar que esta Contraloría General, en sus oficios N os 31.178, de 2010 y 57.753, de 2012, precisó que nada obsta a que una misma constancia sea valorizada en uno o más rubros, atendido que aquéllas involucran diversos aspectos de la conducta funcionaria, que se encuentran vinculados entre sí por la misma naturaleza de las tareas que desarrolla el peticionario.
Por consiguiente, cabe concluir que la calificación del señor nombre reservado, se ajustó a derecho.
nombre reservado
Contralor General de la República