Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 45.812 de 201621 jun 2016

Cursa con alcances la resolución N° 1.200, de 2015, de la Subsecretaría del Interior

Fecha
21 de junio de 2016
Materia
Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18575 art/5, ley 18575 art/8, ley 19880 art/7
Descriptores
Administración financiera del Estado, transferencia de recursos
Cita
Dictamen N° 45.812 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 45.812 Fecha: 21-VI-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al acto del epígrafe, que aprueba una transferencia de recursos a la Intendencia Regional de Atacama, con la finalidad de pagar los gastos de emergencia originados con motivo de la catástrofe derivada del mal tiempo que afectó a esa zona en el mes de marzo de 2015, por cuanto se encuentra ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que dicha resolución ha sido tramitada con evidente retraso, pues habiéndose dictado el 26 de junio de 2015, ingresado a esta Entidad de Control por primera vez el 7 de julio de igual anualidad y representado mediante oficio N° 57.342, de 20 del mismo mes y año, de este origen, fue reingresado recién el 9 de junio de 2016. La demora descrita constituye una infracción a los principios de eficiencia, economía procedimental y celeridad, consagrados en los artículos 5° y 8° de la ley N° 18.575, y 7° de la ley N° * 19.880, lo que ya ha sido advertido a ese servicio, entre otros, por medio de los dictámenes N°s. 13.607 y 29.807, ambos de 2016. Atendido lo anterior, en lo sucesivo esa repartición deberá adoptar las medidas que sean necesarias para que sus instrumentos se dicten y envíen a tramitación oportunamente. Por último, considerando que los traspasos de recursos a que ha dado a lugar el acto en trámite se han verificado con posterioridad al 1 de junio de 2015, la rendición de cuentas de los mismos debe realizarse en conformidad con la resolución N° 30, de 2015, de esta Contraloría General. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del documento del rubro. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República