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Derecho público chileno

DictamenN° 29.807 de 201621 abr 2016

Cursa con alcance la resolución N° 985, de 2015, de la Subsecretaría del Interior

Fecha
21 de abril de 2016
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18575 art/5, ley 18575 art/8, ley 19880 art/7
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, demora tramitación
Cita
Dictamen N° 29.807 de 2016

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 29.807 Fecha: 21-IV-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al acto del epígrafe, que aprueba una transferencia de recursos a la Gobernación Provincial de Petorca, con la finalidad de pagar los gastos de emergencia que indica, derivados de la situación de déficit hídrico que afectó a las comunas que señala, durante los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2015, por cuanto se encuentra ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que dicha resolución ha sido tramitada con evidente retraso, pues habiéndose dictado el 26 de mayo de 2015, ingresado a esta Entidad de Control por primera vez el 11 de junio del mismo año y representado mediante oficio N° 53.201, de 2 de julio de igual anualidad, de este origen, fue reingresado recién el 31 de marzo de 2016. La demora descrita constituye una infracción a los principios de eficiencia, economía procedimental y celeridad, consagrados en los artículos 5° y 8° de la ley N° 18.575, y 7° de la ley N° 19.880, acorde con lo informado por este Organismo Fiscalizador, entre otros, en su dictamen N° 13.607, de 2016. Atendido lo anterior, en lo sucesivo esa Subsecretaría deberá adoptar las medidas que sean necesarias para que sus instrumentos se dicten y envíen a tramitación oportunamente. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del documento del rubro. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República