Interesado tiene derecho al pago de las labores efectuadas como auxiliar, aun cuando no se haya formalizado su designación por no haber acreditado el cumplimiento de…
- Fecha
- 19 de julio de 2012
- Fuentes legales
- dfl 36/2008 salud art/2 num/5
- Descriptores
- Labores efectuadas, formalización designación, cumplimiento requisitos
- Cita
- Dictamen N° 43.642 de 2012
Sumario
Interesado tiene derecho al pago de las labores efectuadas como auxiliar, aun cuando no se haya formalizado su designación por no haber acreditado el cumplimiento de los requisitos para acceder al cargo
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 80.148 de 2013
- Aplica Dictamen N° 14.690 de 2013
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 53.823 de 2011
- Aplica Dictamen N° 36.107 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 43.642 Fecha: 19-VII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, para reclamar en contra del Hospital de Talagante, por haber cesado el pago de sus remuneraciones correspondientes al mes de marzo de 2012.
Requerido su informe, el indicado establecimiento de salud ha manifestado, en síntesis, que el recurrente desempeñó funciones en dicha institución como auxiliar desde el 4 de enero al 22 de marzo del año en curso, sin que haya presentado su licencia de enseñanza media, requisito para acceder al cargo de que se trata, razón por la cual se suspendió el pago de sus rentas correspondientes al citado mes de marzo.
Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 2°, N° 5, del decreto con fuerza de ley N° 36, de 2008, del Ministerio de Salud, establece como requisito para ingresar a la planta auxiliar de la aludida repartición, en lo atinente, contar con una licencia de enseñanza media o su equivalente, condición que debió ser acreditada por el interesado al momento de incorporarse al mencionado recinto hospitalario.
No obstante lo anterior, y tal como se ha resuelto, para casos similares, en los dictámenes N os 36.107, de 2010 y 53.823 de 2011, de este origen, en el evento de que el afectado haya realizado algún desempeño efectivo durante el lapso reclamado, le asiste el derecho al pago de las pertinentes rentas, aun cuando no se haya formalizado su designación por el motivo antes anotado, en razón del principio retributivo que caracteriza a la función pública.
nombre reservado
Contralor General de la República