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Derecho público chileno

DictamenN° 43.409 de 201712 dic 2017

Cursa con alcances la resolución N° 27, de 2017, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales

Fecha
12 de diciembre de 2017
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 250/2004 HACIE art/3
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, certificado de disponibilidad presupuestaria
Cita
Dictamen N° 43.409 de 2017

Relaciones

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Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 43.409 Fecha: 12-XII-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba el contrato de prestación de servicios de teleradiología, celebrado con la empresa International Telemedical Systems Chile Spa, por cuanto se ajusta a derecho.

No obstante, se advierte que esa entidad no dio cumplimiento a lo señalado en el dictamen N° 20.207, de 2017, que efectuó alcances a la resolución que aprobó las pertinentes bases administrativas, en orden a que ese servicio debía realizar las aclaraciones que allí se indican, omisión que, en todo caso y de conformidad con los antecedentes tenidos a la vista, no afecta la legalidad del acto administrativo del rubro.

De todas formas, se deben adoptar las medidas necesarias para que, en lo sucesivo, se dé cumplimiento oportunamente a los oficios de esta Contraloría General.

Además, resulta del caso hacer presente que, en concordancia con lo previsto artículo 3° del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, esa superioridad deberá adjuntar a los actos administrativos como el de la especie el original del correspondiente certificado de disponibilidad presupuestaria, y no como sucedió en la situación en examen, donde sólo se acompañó copia simple de dicho documento (aplica dictámenes N°s. 25.094 y 22.762, ambos de 2017).

Asimismo, que considerando que según la cláusula octava del pacto que se sanciona la atención financiera del mismo se hará con los recursos dispuestos por los Servicios de Salud interesados no corresponde efectuar la imputación presupuestaria contenida en el resuelvo 2° del acto en examen (aplica dictamen N° 36.786, de 2017).

Finalmente, que la Subsecretaría que emite y firma el acto administrativo en estudio es la de Redes Asistenciales y no la que se indica en el membrete de este instrumento.

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución de la suma.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República