Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 41.687 de 201728 nov 2017

Transferencia gratuita de inmueble fiscal a la DIBAM y su falta de personalidad jurídica propia

Fecha
28 de noviembre de 2017
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, transferencia de inmueble, dibam
Cita
Dictamen N° 41.687 de 2017

Resumen

Se representa nuevamente el decreto que autoriza la transferencia, pues la DIBAM es un órgano estatal centralizado sin personalidad jurídica ni patrimonio propio distinto del Fisco.

Sumario de la Contraloría

Representa el Decreto N° 81 de 2017, del Ministerio de Bienes Nacionales

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 41.687 Fecha: 28-XI-2017 La Contraloría General ha debido abstenerse nuevamente de dar curso al documento del epígrafe, que autoriza la transferencia gratuita a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos -DIBAM-, del inmueble fiscal que señala, ubicado en la comuna y provincia de Iquique, región de Tarapacá, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, mediante el dictamen N° 35.200, de 2017, este Ente de Control representó dicho acto administrativo, atendido que en conformidad con los preceptos legales y la jurisprudencia que en ese pronunciamiento se consignan, concluyó que la DIBAM constituye un órgano del Estado de carácter centralizado, motivo por el cual no resultaba procedente la transferencia que se autorizaba.

Al respecto, cabe anotar que en esta oportunidad se fundamenta la transferencia en estudio en el decreto con fuerza de ley N° 281, de 1931, del entonces Ministerio de Educación Pública, cuyo artículo 1° dispone que la Biblioteca Nacional, las demás Bibliotecas del Estado, el Archivo Nacional y los Museos del Estado, son personas jurídicas de derecho público y su representación judicial y extrajudicial corresponde al Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos, texto legal que en ningún caso permite sostener que la DIBAM tenga personalidad jurídica y patrimonio propios distintos del Fisco. En mérito de lo expuesto, se representa, nuevamente, el acto administrativo examinado. Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República