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Derecho público chileno

DictamenN° 39.831 de 201630 may 2016

No corresponde pronunciarse sobre proceso calificatorio de exfuncionaria, ya que ha perdido su calidad de empleada

Fecha
30 de mayo de 2016
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
reclamo calificación, término contrata, facultades cgr, abstenciones
Cita
Dictamen N° 39.831 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 39.831 Fecha: 30-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, exfuncionaria de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, quien reclama, por los motivos que indica, en contra de su calificación obtenida en el proceso 2014-2015.

Requerida al efecto, la aludida entidad acompañó la documentación atingente al caso.

Sobre el particular, corresponde manifestar que analizados los registros de esta Institución Fiscalizadora, se ha podido verificar que la última contrata de la peticionaria se efectuó hasta el 29 de febrero de 2016, sin que conste su prórroga.

Precisado lo anterior, es pertinente anotar que en armonía con el criterio contenido en el dictamen N° 97.992, de 2014, la evaluación se vincula o dice relación con el ejercicio de las labores de quienes poseen la calidad de funcionarios y las consecuencias que ellas implican para los mismos, por lo que resulta inaplicable a personas que han perdido dicha condición, tal como sucede en el caso en análisis, en que de los antecedentes tenidos a la vista se advierte que la contrata que servía la recurrente finalizó por el cumplimiento del plazo estipulado en ella.

De esta manera, atendido que la afectada ha cesado en funciones, es inoficioso informar acerca de la impugnación de su calificación.

Transcríbase a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República