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Derecho público chileno

DictamenN° 39.513 de 200923 jul 2009

Revisión de pensión no contributiva por gracia de exonerado político

Fecha
23 de julio de 2009
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
DFL 338/60 art/132
Descriptores
pensión no contributiva, revisión
Cita
Dictamen N° 39.513 de 2009

Resumen

Se ratifica el criterio anterior y se desestima la petición, al no aportar antecedentes nuevos; el beneficio fue calculado sobre 30/30 avos de la última renta imponible del grado 20 de la E.U.S., conforme al artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960.

Sumario de la Contraloría

Exonerado político solicita la revisión de su pensión no contributiva, por gracia

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 39.513 Fecha: 23-VII-2009 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don nombre reservado, ex funcionario de la antigua Empresa de Transportes Colectivos del Estado, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia.

Sobre el particular, cumple manifestar que la consulta en examen no aporta nuevos antecedentes ni difiere en modo alguno de la presentación efectuada con anterioridad por el interesado y a la que se diera respuesta mediante el oficio N° 18.207, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora, en el que se concluyó que el beneficio en comento se encuentra correctamente determinado, agregando, que el respectivo cálculo se efectuó sobre la base de 30/30 avos de la última renta Imponible asignada al grado 20 de la E.U.S., de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960.

En consecuencia, atendido lo expuesto, sólo cabe ratificar el aludido oficio y desestimar la petición del interesado.

nombre reservado

Contralor General de la República