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Derecho público chileno

DictamenN° 39.485 de 201627 may 2016

No existen antecedentes que ameriten modificar lo resuelto en el dictamen 7.020, de 2016, de esta Contraloría General

Fecha
27 de mayo de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Universidades e Institutos Profesionales, UChile, calificaciones
Cita
Dictamen N° 39.485 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 39.485 Fecha: 27-V-2016 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General la señora nombre reservado, funcionaria de la Universidad de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen Nº 7.020, de 2016, de esta procedencia, argumentando que no existen elementos que fundamenten el puntaje que obtuvo en sus calificaciones correspondientes al período 2013-2014.

En forma previa, cabe recordar que mediante el aludido pronunciamiento, esta Institución de Control determinó, en lo pertinente, que la decisión de la Junta Calificadora de rebajar las notas correspondientes al factor Comportamiento, en el rubro Asistencia y Puntualidad se encontraba respaldada en los atrasos que registró la ocurrente durante el lapso evaluado, conclusión que corrobora la hoja de asistencia enviada por correo electrónico por el servicio en el que aparece que durante el mes de abril de 2014, la recurrente tuvo 1 hora y 57 minutos de atraso, lo que justifica la decisión del ente colegiado.

Luego y en lo relativo a la disconformidad de la afectada con sus informes de desempeño y precalificación, en particular con los comentarios emitidos por su jefatura en cuanto a su falta de prolijidad en las labores encomendadas, es menester expresar que tal como se señaló en el dictamen N° 7.020, de 2016, estas apreciaciones dicen relación con un asunto que incide en el mérito funcionario, materia de competencia exclusiva de las autoridades y entidades calificadoras.

Sin perjuicio de lo anterior, es necesario precisar que de la documentación adjunta aparece que luego de ser notificada de sus notas, la señora nombre reservado formuló en extenso sus descargos, haciendo presente su parecer acerca de éstas y de las observaciones de su jefatura, constando en cada una de las etapas del proceso los debidos fundamentos.

Siendo ello así y no existiendo nuevos antecedentes que permitan modificar el mencionado dictamen N° 7.020, de 2016, se confirma ese pronunciamiento y se desestima la solicitud de reconsideración presentada.

Transcríbase a la Universidad de Chile.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República