Cursa con alcance la resolución N° 26, de 2016, de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública
- Fecha
- 26 de mayo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 20393 art/primero art/8, ley 20393 art/primero art/10, ley 19886 art/4
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, contratos de suministro, trato directo
- Cita
- Dictamen N° 39.384 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 25.256 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 39.384 Fecha: 26-V-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que autoriza regularización y aprueba contrato suscrito vía trato directo con la empresa que indica, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cumple con manifestar que esa repartición pública deberá exigir que se acredite por el proveedor que no ha incurrido en las inhabilidades para celebrar actos y contratos con los organismos del Estado a que se refieren los artículos 8° y 10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.393, así como tampoco en aquellas contempladas en el artículo 4° de la ley N° 19.886 (aplica dictamen N° 25.256, de 2016).
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República