Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado, por encontrarse el asunto en conocimiento de los Tribunales de Justicia
- Fecha
- 3 de junio de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- Abstención, conocimiento, tribunales de justicia
- Cita
- Dictamen N° 39.031 de 2014
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 14.118 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 39.031 Fecha: 03-VI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, exfuncionaria de la Dirección de Obras Portuarias del Ministerio de Obras Públicas, reclamando el pago del descanso complementario que mantenía pendiente al momento de cesar en esa institución.
Al respecto, cumple con señalar que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la peticionaria interpuso un recurso de protección ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, correspondiente al Rol de Ingreso N° 18.590 - 2014 reclamando de la legalidad de la desvinculación, causa que actualmente se encuentra en tramitación.
En este sentido, y dado que la decisión impugnada incide en la procedencia de la petición de la especie, es menester indicar que esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse, por ahora, de emitir el pronunciamiento requerido, por cuanto, en virtud de lo previsto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos que estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República