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Derecho público chileno

DictamenN° 38.248 de 201623 may 2016

Ratifica dictamen N° 97.792, de 2015, de este origen, por falta de antecedentes que permitan alterar lo resuelto

Fecha
23 de mayo de 2016
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18834 art/73
Descriptores
Estatuto de Gendarmería, destinaciones, asignación por cambio de residencia, prescripción
Cita
Dictamen N° 38.248 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 38.248 Fecha: 23-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, funcionario de Gendarmería de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 97.792, de 2015, de este origen.

Como cuestión previa, es menester recordar que en ese pronunciamiento se concluyó que el eventual derecho a percibir la asignación por cambio de residencia, con motivo de haber modificado su domicilio desde la ciudad de Quillota a la de Valparaíso, se encuentra prescrito, pues su cobro debió requerirse en el plazo de seis meses contado desde que se hizo exigible, esto es, el día 13 de agosto de 2014 -época de su destinación-, y la petición en tal sentido, fue presentada con fecha 23 de junio de 2015, esto es, una vez vencido el referido lapso.

Precisado lo anterior, en cuanto a que el aludido traslado, a juicio del peticionario, no se habría verificado, es útil reiterar que el artículo 73 de la ley N° 18.834, establece que compete privativamente a la jefatura superior de una entidad, con las limitaciones previstas en ese precepto, destinar a los funcionarios según las necesidades del respectivo organismo.

En este contexto, y de acuerdo con lo informado en esta oportunidad por Gendarmería de Chile, se debe manifestar, nuevamente, que en la situación del interesado, al haber sido nombrado en el cargo de jefe de la sección juvenil del Complejo Penitenciario de Valparaíso, a través de la resolución exenta N° 8.405, de 2014, de la Dirección Nacional de esa institución, a contar del día 13 de agosto de esa anualidad, se produjo, a la luz de la normativa invocada, su destinación a esa ciudad, tal como se indicó en el referido pronunciamiento.

Por consiguiente, en atención a que no se aportan antecedentes que permitan variar lo concluido en el citado dictamen N° 97.792, de 2015, de esta procedencia, este se ratifica.

Transcríbase a Gendarmería de Chile y a la Contraloría Regional de Valparaíso.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República