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Derecho público chileno

DictamenN° 36.788 de 201716 oct 2017

Cursa con alcances las resoluciones N°s 4, 5 y 6 de 2017, de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado

Fecha
16 de octubre de 2017
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
facultades CGR, Toma de Razón , Contratos de Servicios
Cita
Dictamen N° 36.788 de 2017

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 36.788 Fecha: 16-X-2017 Esta Contraloría General ha dado curso a los documentos del rubro, que aprueban los contratos suscritos vía trato directo con la empresa DICTUC S.A., para la prestación de los servicios de asesoría técnica que en cada caso se indican, por cuanto se ajustan a derecho.

No obstante, cumple con hacer presente, en relación a lo señalado en la cláusula quinta de esos convenios, que según se desprende de los antecedentes tenidos a la vista el precio que se consideró para calcular el monto de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de cada contrato corresponde al valor total de los mismos (aplica criterio contenido en el dictamen N° 86.897, de 2015).

Además, que en el caso de la resolución N° 5 el monto de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato es de 395,5 U.F., y no aquel que se menciona en la antedicha cláusula del respectivo acuerdo de voluntades.

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de las resoluciones del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República