Cursa con alcances la resolución N° 8, de 2016, del Servicio Nacional de Menores
- Fecha
- 17 de mayo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, concurso público de proyectos, inutilización página
- Cita
- Dictamen N° 36.151 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 21.870 de 2016
- Aplica Dictamen N° 65.301 de 2015
- Aplica Dictamen N° 16.548 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 36.151 Fecha: 17-V-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que resuelve el quinto llamado a concurso público de proyectos para la línea de acción de programas de reinserción para adolescentes infractores a la ley penal, modalidad libertad asistida especial, del año 2016, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que ese servicio, en lo sucesivo, deberá inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, entre otros, en los dictámenes N°s. 16.548 y 65.301, ambos de 2015, y 21.870, de 2016, de este Órgano Fiscalizador.
Asimismo, esa entidad deberá velar para que en los instrumentos como el de la especie, esto es, sujetos al control preventivo de legalidad, se consigne el imperativo final "tómese razón", lo que se ha omitido en esta oportunidad.
Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República