Cursa con alcances el decreto N° 105, de 2016, del Ministerio de Educación
- Fecha
- 12 de mayo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- res 1600/2008 contr art/6 inc/2
- Descriptores
- Contratos administrativos, contratos, convenios
- Cita
- Dictamen N° 35.061 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 12.229 de 2019
- Aplica Dictamen N° 4.108 de 2019
- Aplica Dictamen N° 31.406 de 2018
- Aplica Dictamen N° 31.405 de 2018
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 21.870 de 2016
- Aplica Dictamen N° 65.301 de 2015
- Aplica Dictamen N° 16.548 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 35.061 Fecha: 12-V-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aprueba la modificación de convenio que indica celebrada entre el Ministerio de Educación y la Corporación Educacional de las Artes Gráficas y Afines, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que esa cartera de Estado, en lo sucesivo, deberá inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, entre otros, en los dictámenes N°s. 16.548 y 65.301, ambos de 2015, y 21.870, de 2016, de este Órgano Fiscalizador. Asimismo, el Ministerio de Educación deberá procurar que los actos administrativos que aprueben convenios sujetos al control preventivo de legalidad contengan la transcripción íntegra del respectivo acuerdo de voluntades, de modo de dar cumplimiento a lo dispuesto en tal sentido por el artículo 6°, inciso segundo, de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo de Control, lo que no sucede en el párrafo segundo de la cláusula quinta del decreto en trámite. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República