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Derecho público chileno

DictamenN° 34.657 de 201726 sep 2017

Se abstiene de emitir pronunciamiento solicitado, por tratarse de una materia de conocimiento de la Superintendencia de Pensiones

Fecha
26 de septiembre de 2017
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Ley 20255 art/46, ley 20255 art/47
Descriptores
Facultades CGR, abstención, bono reconocimiento, competencia SUPEN
Cita
Dictamen N° 34.657 de 2017

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 34.657 Fecha: 26-IX-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, reclamando que su bono de reconocimiento no incluyó las cotizaciones que habría enterado entre los años 1970 y 1979, por labores prestadas para un empleador del sector privado.

Requerido su informe, el Instituto de Previsión Social, junto con acompañar el expediente del interesado, comunicó que no cuenta con antecedentes que le permitan comprobar que aquel efectivamente trabajó y cotizó, en los términos que indica.

Sobre el particular, cabe expresar, de conformidad con lo previsto en los artículos 46 y 47 de la ley N° 20.255, y con lo concluido en el dictamen N° 90.469, de 2016, de este origen, entre otros, que esta Entidad Fiscalizadora no interviene en la emisión de bonos de reconocimiento, pues compete a la Superintendencia de Pensiones impartir las instrucciones pertinentes a las cajas de previsión sobre la forma de efectuar el cálculo de este, por lo que procede abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado.

Lo anterior, por cuanto esta Entidad Fiscalizadora no interviene en el otorgamiento de prestaciones relacionadas con los trabajadores del sector privado, salvo que exista concurrencia del Fisco, lo que no acaece en la especie.

En razón de lo expuesto, no es posible conocer de la alegación formulada por el señor nombre reservado, remitiendo los antecedentes a la Superintendencia de Pensiones.

Transcríbase al señor nombre reservado y al Instituto de Previsión Social, haciéndole devolución del expediente adjunto.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal