Cursa con alcances la Resolución N° 12, de 2018, de la Dirección de Salud de Carabineros de Chile
- Fecha
- 31 de diciembre de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 18575 art/5, ley 18575 art/8, ley 19880 art/7
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, contrato de servicios , trato directo, principio de eficiencia y celeridad
- Cita
- Dictamen N° 32.401 de 2018
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° E218.782 de 2022
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 72.874 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 32.401 Fecha: 31-XII-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que autoriza el trato directo y aprueba el contrato suscrito entre la Dirección de Salud de Carabineros de Chile y la empresa Siemens Healthcare Equipos Médicos SpA, por encontrarse ajustado a derecho.
No obstante, cumple con puntualizar que atendido lo dispuesto en la resolución exenta N° 2.029, de 2018, de la aludida dirección -que regularizó el pago de las prestaciones ejecutadas antes que fuera suscrito el presente contrato-, esta Entidad de Control entiende que el monto del mismo corresponde a la diferencia entre su precio total y la suma cancelada en virtud del citado acto administrativo.
Asimismo, cabe precisar que la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento se extiende hasta el 30 de abril de 2019, y no como se indica en le letra c) de la cláusula octava del contrato respectivo.
Finalmente, corresponde hacer presente que la dilación en la celebración del aludido contrato -en relación con la fecha de inicio de las referidas prestaciones-, implica una contravención a los principios de eficiencia y celeridad que debe observar la Administración del Estado, contemplados en los artículos 5° y 8° de la ley N° 18.575, y 7° de la ley N° 19.880, por lo que procede que esa autoridad arbitre las medidas conducentes a evitar que dicha situación se verifique nuevamente (aplica oficio N° 72.874, de 2011).
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República