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Derecho público chileno

DictamenN° 32.401 de 201831 dic 2018

Cursa con alcances la Resolución N° 12, de 2018, de la Dirección de Salud de Carabineros de Chile

Fecha
31 de diciembre de 2018
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Ley 18575 art/5, ley 18575 art/8, ley 19880 art/7
Descriptores
Facultades CGR, toma de razón, contrato de servicios , trato directo, principio de eficiencia y celeridad
Cita
Dictamen N° 32.401 de 2018

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 32.401 Fecha: 31-XII-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que autoriza el trato directo y aprueba el contrato suscrito entre la Dirección de Salud de Carabineros de Chile y la empresa Siemens Healthcare Equipos Médicos SpA, por encontrarse ajustado a derecho.

No obstante, cumple con puntualizar que atendido lo dispuesto en la resolución exenta N° 2.029, de 2018, de la aludida dirección -que regularizó el pago de las prestaciones ejecutadas antes que fuera suscrito el presente contrato-, esta Entidad de Control entiende que el monto del mismo corresponde a la diferencia entre su precio total y la suma cancelada en virtud del citado acto administrativo.

Asimismo, cabe precisar que la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento se extiende hasta el 30 de abril de 2019, y no como se indica en le letra c) de la cláusula octava del contrato respectivo.

Finalmente, corresponde hacer presente que la dilación en la celebración del aludido contrato -en relación con la fecha de inicio de las referidas prestaciones-, implica una contravención a los principios de eficiencia y celeridad que debe observar la Administración del Estado, contemplados en los artículos 5° y 8° de la ley N° 18.575, y 7° de la ley N° 19.880, por lo que procede que esa autoridad arbitre las medidas conducentes a evitar que dicha situación se verifique nuevamente (aplica oficio N° 72.874, de 2011).

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República