Cursa con alcances la resolución N° 57, de 2016, de la Corporación de Fomento de la Producción
- Fecha
- 3 de mayo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, inutilización página
- Cita
- Dictamen N° 32.351 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 21.870 de 2016
- Aplica Dictamen N° 65.301 de 2015
- Aplica Dictamen N° 16.548 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 32.351 Fecha: 03-V-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aprueba el convenio celebrado con The British Council, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que la responsabilidad de la Corporación de Fomento de la Producción -CORFO- de indemnizar respecto de “todos los reclamos, costos, gastos, pérdidas y responsabilidades de cualquier manera que estas surjan en relación con el Proyecto y la recepción y uso de la Asignación”, a que se refiere el punto 7.3 del “Anexo N° 3 Términos Estándar”, del acuerdo de voluntades en estudio, debe entenderse en la medida que se acredite la concurrencia de los requisitos que dan lugar a la indemnización de perjuicios. Asimismo, en lo sucesivo, ese servicio deberá inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, entre otros, en los dictámenes N°s. 16.548 y 65.301, ambos de 2015, y 21.870, de 2016, de esta Contraloría General.
Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República