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Derecho público chileno

DictamenN° 29.940 de 201223 may 2012

Sobre presuntos actos de acoso laboral y responsabilidad administrativa de la autoridad edilicia

Fecha
23 de mayo de 2012
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Fuentes legales
ley 18883 art/82 lt/l
Descriptores
mun, asunto litigioso, alcalde, responsabilidad administrativa
Cita
Dictamen N° 29.940 de 2012

Relaciones

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Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 29.940 Fecha: 23-V-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, funcionario de la Municipalidad de Valdivia, solicitando se reconsidere el oficio N° 3.048, de 2011, de la Sede Regional de Los Ríos, por el cual se indicó que los presuntos hechos constitutivos de acoso laboral denunciados por el interesado, debían ser analizados en las instancias judiciales o mediante un sumario, concluyendo que, atendido que las alegaciones del recurrente se refieren a actuaciones del alcalde y del administrador municipal, estas deben ser interpuestas ante los Tribunales de Justicia.

Sobre el particular, cumple con aclarar que si bien los alcaldes tienen la calidad de funcionarios municipales y, como tales, se encuentran afectos a responsabilidad administrativa, a ningún órgano se le ha otorgado la potestad de aplicarles alguna de las medidas disciplinarias contempladas en la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, por lo que, consecuentemente, esta Contraloría General no tiene atribuciones para determinar dicha responsabilidad (aplica dictámenes N°s. 3.687, de 2007 y 48.324, de 2009).

No obstante, en la especie, se puede advertir que la denuncia del ocurrente se ha dirigido, además, en contra de funcionarios distintos al alcalde, razón por la cual esa autoridad, acorde con lo señalado en los dictámenes N°s. 42.127, de 2009; 34.820 y 24.236, ambos de 2011, debe ponderar la necesidad de disponer el respectivo procedimiento disciplinario, con el fin de esclarecer los hechos denunciados, que pudieren constituir infracción a lo establecido en el artículo 82, letra l), de la mencionada ley N° 18.883, que prohíbe realizar cualquier acto atentatorio a la dignidad de los demás servidores, debiendo informar a la Contraloría Regional de Los Ríos, dentro del plazo de 15 días contados desde la recepción del presente pronunciamiento, la decisión que al respecto adopte. Ratifíquese y compleméntese el oficio N° 3.048, de 2011, de la mencionada Sede Regional. nombre reservado

Contralor General de la República