Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 28.732 de 20173 ago 2017

Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado por las razones que indica

Fecha
3 de agosto de 2017
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18556 art/58
Descriptores
facultades cgr, abstenciones, competencia, servel
Cita
Dictamen N° 28.732 de 2017

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 28.732 Fecha: 03-VIII-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, administrador electoral de candidatos a concejales del Partido Comunista e independientes en las pasadas elecciones municipales, solicitando que se determine si se ajusta a derecho que el Servicio Electoral se haya pronunciado sobre las cuentas de ingresos y gastos de dicho proceso eleccionario con posterioridad al plazo legal establecido al efecto. Sobre el particular, es necesario precisar que la actuación del indicado ente por la cual se consulta no se encuentra sujeta a la fiscalización de este Organismo de Control, acorde con lo dispuesto en el artículo 58 de la ley N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, sustituido por la ley N° 20.900, publicada en el Diario Oficial de fecha 14 de abril de 2016 (aplica criterio contenido en el dictamen N° 12.125, de 2017). En atención a lo expresado, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe División Jurídica