Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado por la razones que indica
- Fecha
- 11 de abril de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 18556 art/58
- Descriptores
- facultades CGR, abstenciones, SERVEL
- Cita
- Dictamen N° 12.125 de 2017
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 28.732 de 2017
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 3.094 de 2017
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 12.125 Fecha: 11-IV-2017 Don nombre reservado ha efectuado diversas consultas acerca de la legalidad del procedimiento adoptado por el Servicio Electoral para la reinscripción de los militantes en los partidos políticos, atendido lo dispuesto en el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.900. Sobre el particular, es necesario precisar que la actuación del indicado ente por la cual se consulta no se encuentra sujeta a la fiscalización de este Organismo de Control, acorde con lo dispuesto en el artículo 58 de la ley N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, sustituido por la ley N° 20.900, publicada en el Diario Oficial de fecha 14 de abril de 2016 (aplica criterio contenido en el dictamen N° 3.094, de 2017). En atención a lo expresado, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe División Jurídica