Cursa con alcances la resolución Nº 87, de 2014, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud
- Fecha
- 23 de abril de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 250/2004 Hacie art/65 inc/fin
- Descriptores
- contrato de adquisición, órdenes de compra
- Cita
- Dictamen N° 28.720 de 2014
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 18.251 de 2017
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 22.551 de 2014
- Aplica Dictamen N° 11.476 de 2012
- Aplica Dictamen N° 22.188 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 28.720 Fecha: 23-IV-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución Nº 87, de 2014, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, mediante la cual se aprueba el contrato de adquisición entre esa central y Abbvie Productos Farmacéuticos Limitada, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que atendido a lo prescrito en el inciso final del artículo 65 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886, en lo sucesivo, las órdenes de compra deberán emitirse de acuerdo a un contrato vigente, esto es, una vez aprobado a través del correspondiente acto administrativo debidamente tramitado, puesto que el licitante solo a partir de esa época se encuentra en condiciones de expedir tales documentos, y no con anterioridad, como se verificó en la especie. En efecto, según los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que ese servicio emitió la orden de compra N° 5599-54-SE14, relativa a la adquisición de los bienes objeto del contrato, y la envió al proveedor con fecha 24 de enero de 2014, encontrándose la misma en estado de aceptada, lo cual contraviene la mencionada disposición (aplica dictámenes N°s. 22.188, de 2011; 11.476, de 2012 y 22.551, de 2014, de este Organismo de Control). Además de lo anterior, cabe precisar que los imperativos finales de la resolución en estudio, deben ser Anótese, Tómese Razón y Comuníquese, y no como se señala en dicho instrumento. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República