Representa la resolución N° 113, de 2017, de la Dirección de Vialidad
- Fecha
- 2 de agosto de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dl 1263/75 art/19 bis inc/3
- Descriptores
- facultades CGR, toma de razón, representa resolución, estudio de ingeniería, pago
- Cita
- Dictamen N° 28.610 de 2017
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 6.774 de 2017
- Aplica Dictamen N° 99.720 de 2015
- Aplica Dictamen N° 6.366 de 2015
- Aplica Dictamen N° 5.467 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 28.610 Fecha: 02-VIII-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del epígrafe, que aprueba convenio ad referéndum relativo al “Estudio de Ingeniería Reposición de Puente Senador Exequiel González M. y Puente Senador Sergio Sepúlveda C., Ruta CH – 7, Carretera Austral, Sector La Junta, Provincia de Aysén, Comuna de Cisnes, Región de Aysén, XI Región”, por cuanto el resuelvo N° 4 del acto en examen contraviene lo prescrito en el inciso tercero de artículo 19 bis del decreto ley N° 1.263, de 1975, ya que implica pactar el pago de parte del precio en una forma distinta de relacionar los pagos con el avance efectivo de la ejecución de la consultoría, tal como se ha manifestado a ese servicio en los oficios N°s 5.467, 6.366 y 99.720, todos de 2015 y 6.774, de 2017, de este origen.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe División de Infraestructura y Regulación