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Derecho público chileno

DictamenN° 28.274 de 201615 abr 2016

Cursa con alcance la resolución N° 35, de 2016, de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Chile

Fecha
15 de abril de 2016
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 250/2004 HACIE art/77 num/4
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, contratos de suministro, garantía, término anticipado
Cita
Dictamen N° 28.274 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 28.274 Fecha: 15-IV-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe que aprueba el contrato con la empresa que en él se indica para la adquisición de un equipo espectrómetro, por cuanto se encuentra ajustada a derecho.

No obstante, esta Entidad de Control entiende que el cobro de la garantía de fiel cumplimiento a que refiere el inciso segundo de la cláusula novena del acuerdo de voluntades que se sanciona, además de la causal de mutuo acuerdo que allí se indica, tampoco procederá por el término anticipado fundado en el interés público o la seguridad nacional, previsto en el N° 4 del artículo 77 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda (aplica criterio contenido en el oficio N° 60.096, de 2014, de este origen).

Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República