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Derecho público chileno

DictamenN° 28.217 de 201215 may 2012

Contrato inserto en resolución aprobatoria debe coincidir exactamente con el contrato

Fecha
15 de mayo de 2012
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Fuentes legales
res 1600/2008 contr art/6 inc/2
Descriptores
texto contrato, transcripción acto aprobatorio
Cita
Dictamen N° 28.217 de 2012

Resumen

Se cursa con alcance la resolución, pues el texto del contrato inserto en el acto aprobatorio no coincide exactamente con el contrato en el número 3 de la cláusula décimo sexta.

Sumario de la Contraloría

Cursa con alcance Resolución 91/2012 de la Subsecretaría de Transportes, que autoriza contratación directa y aprueba contrato con la empresa que indica, haciendo presente que el texto del contrato inserto en el acto aprobatorio debe coincidir exactamente con el contrato

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 28.217 Fecha: 15-V-2012 Esta Contraloría General ha dado curso a la Resolución N° 91, de 2012, de la Subsecretaría de Transportes, que autoriza contratación directa y aprueba contrato con la empresa Senda Urbana S.A. para la prestación del “Servicio de Monitores para la Operación de Zonas y Puntos de Prepago y Tareas de Apoyo requeridas para la Información y Atención a los Usuarios del Sistema de Transporte nombre reservado de Santiago. Agrupación A”, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, y en conformidad al artículo 6°, inciso segundo de la resolución N° 1.600, de esta Entidad Fiscalizadora -que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón-, el texto del contrato inserto en el acto aprobatorio debe coincidir exactamente con el mismo contrato, lo que no ha ocurrido en el caso del número 3 de la cláusula décimo sexta.

Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo señalado.

Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación