Se abstiene de emitir pronunciamiento por carecer de competencia para intervenir en la materia planteada
- Fecha
- 14 de abril de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades cgr, abstenciones, competencia, organización comunitaria
- Cita
- Dictamen N° 28.085 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 48.301 de 2014
- Aplica Dictamen N° 1.748 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 28.085 Fecha: 14-IV-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, denunciando una serie de irregularidades que, a su juicio, existirían en el funcionamiento de la Unión Comunal de Clubes Deportivos San Gregorio, de la comuna de La Granja.
Sobre el particular, es menester indicar que acorde con la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 1.748, de 2013, y 48.301, de 2014, este Órgano de Control carece de competencia para intervenir en las actuaciones de agrupaciones como las de la especie, o en situaciones producidas en su interior, atendido que, de conformidad con la ley N° 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, dichas entidades no tienen la calidad de servicio público, sino que son de carácter privado, y por ende, en los referidos aspectos no están sujetas a la fiscalización de esta Entidad de Fiscalizadora.
Finalmente, cabe hacer presente que, atendida la autonomía con que cuentan las personas jurídicas de que se trata en su constitución y en el desarrollo de sus actividades, las diferencias que pudieran suscitarse entre los miembros de tales asociaciones respecto de la adecuada gestión de la misma, deberán resolverse en conformidad con los procedimientos que la propia organización comunitaria determine en sus estatutos, constituyendo un asunto que se encuentra en la esfera de acción de sus afiliados.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República