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Derecho público chileno

DictamenN° 26.901 de 201611 abr 2016

No procede el silencio positivo respecto de revisiones de actos administrativos o cuando se ejercite por parte de alguna persona el derecho de petición consagrado en el…

Fecha
11 de abril de 2016
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 19880 art/64, ley 19880 art/65, pol art/19 num/14
Descriptores
actos administrativos, silencios, derecho de petición
Cita
Dictamen N° 26.901 de 2016

Sumario

No procede el silencio positivo respecto de revisiones de actos administrativos o cuando se ejercite por parte de alguna persona el derecho de petición consagrado en el numeral 14 del artículo 19 de la Constitución Política

Relaciones

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Texto íntegro

N° 26.901 Fecha: 11-IV-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, abogado, en representación de don nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando se aplique el silencio positivo por la demora de la autoridad de esa institución policial en resolver la petición de reincorporar a su mandante.

Al respecto, cumple con indicar, contrariamente a lo que expone el recurrente, que la tardanza de la superioridad en resolver el aludido requerimiento, no se regula por el artículo 64 de la ley N° 19.880 -silencio positivo-, sino que por su artículo 65, relativo al silencio negativo, norma esta última que señala, en lo que interesa, que se estimará rechazada una solicitud que no sea resuelta dentro del plazo legal cuando la Administración deba pronunciarse sobre revisiones de actos administrativos o cuando se ejercite por parte de alguna persona el derecho de petición consagrado en el numeral 14 del artículo 19 de la Constitución Política, por lo que es posible afirmar, en armonía con lo expresado por el dictamen N o 42.848, de 2015, de esta procedencia, que en la situación que se analiza, corresponde que el referido requerimiento se tenga por desestimado.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República