Representa la resolución N° 39, de 2016, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, atendido que la medida disciplinaria debe ser aplicada por la autoridad competente
- Fecha
- 11 de abril de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, medidas disciplinarias, funcionario exclusiva confianza
- Cita
- Dictamen N° 26.680 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 43.665 de 2016
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 9.763 de 2016
- Aplica Dictamen N° 61.710 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 26.680 Fecha: 11-IV-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento de la suma, mediante el cual el Subsecretario de Vivienda y Urbanismo aplica la medida disciplinaria de multa de un veinte por ciento de su remuneración mensual al ex Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, don nombre reservado, por cuanto en el Presidente de la República reside la plenitud de la potestad disciplinaria respecto de los funcionarios que posean la calidad de servidores de su exclusiva confianza, como es la condición del mencionado cargo, de manera que, en la especie, le corresponde a dicha autoridad pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa que afecta al mencionado exempleado, tal como se ha precisado, entre otros, en los dictámenes N os 61.710, de 2015 y 9.763, de 2016, de este Órgano Fiscalizador.
En consecuencia, atendido que es el Jefe de Estado quien debe ejercer la aludida potestad en la situación de que se trata, se representa la resolución del epígrafe y se devuelve con sus antecedentes, con la finalidad de que esa superioridad disponga lo conveniente con el objeto de subsanar la observación descrita precedentemente.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República