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Derecho público chileno

DictamenN° 26.460 de 20156 abr 2015

Se abstiene de emitir pronunciamiento por haber sido resuelto el asunto por los Tribunales de Justicia

Fecha
6 de abril de 2015
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Ley 10336 art/6 inc/3
Descriptores
Contraloría General de la República (Facultades), funciones
Cita
Dictamen N° 26.460 de 2015

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 26.460 Fecha: 06-IV-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, abogado, en representación del señor nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, impugnando la legalidad de la calificación de su mandante, correspondiente al año 2014, en la cual fue incluido, por segundo año consecutivo, en Lista N° 3, de Observación, lo que implicó que este último fuera eliminado de ese servicio.

En su informe, la mencionada institución policial señaló, en síntesis, que el recurrente, por aquel motivo, interpuso un recurso de protección ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Concepción, determinando ese tribunal, en su sentencia de fecha 20 de noviembre de 2014, rechazar esa acción.

Ahora bien, es dable manifestar, por una parte, que el ocurrente, a través de dicho recurso, pretendía que se dejase sin efecto la aludida evaluación y, además, se reconocieran los beneficios que podía percibir el señor nombre reservado, producto de la afección que padece y, por otra, que la solicitud formulada a esta Contraloría General busca los mismos fines indicados previamente, por lo que se advierte que ambas peticiones dicen relación con idénticas materias, de modo que este Organismo Fiscalizador, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, toda vez que no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, impedimento que, según se precisó en el dictamen N° 42.649, de 2012, de este origen, entre otros, también se extiende a los casos en que el fallo judicial ha resuelto los problemas jurídicos sometidos a su conocimiento, lo que sucedió en la especie.

Transcríbase a Carabineros de Chile.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General