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Derecho público chileno

DictamenN° 25.613 de 201812 oct 2018

Pago por subrogación es un asunto de competencia de la Superintendencia de Pensiones

Fecha
12 de octubre de 2018
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 20255 art/46, ley 20255 art/47, ley 20255 art/48
Descriptores
Facultades CGR, abstenciones. competencia de Supen, pago por subrogación, remisión de consulta
Cita
Dictamen N° 25.613 de 2018

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 25.613 Fecha: 12-X-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exonerado político, para reclamar que el Instituto de Previsión Social no habría evaluado detenidamente su solicitud de pago por subrogación a fin de poder completar el periodo impositivo indispensable para acceder a una pensión no contributiva.

Requerido de informe, el mencionado instituto, junto con acompañar el expediente previsional respectivo, manifestó que rechazó la petición de pago por subrogación formulada por el recurrente, pues aquel solo presentó la declaración de testigos como medio de prueba, lo que resulta insuficiente para acreditar la efectividad de las labores invocadas, decisión, en contra de la cual dedujo un recurso de reposición, el que fue rechazado. Añade que, a la luz de lo dispuesto en el artículo 59 de la ley N° 19.880, se encontraría agotada la vía administrativa para revisar la determinación que se cuestiona.

Puntualizado lo anterior, es menester expresar, tal como lo ha manifestado la jurisprudencia de este Organismo Fiscalizador en los dictámenes N os 60.501, de 2005; 36.968, de 2011 y 64.908, de 2013, entre otros, que la facultad para conocer y resolver las materias relativas al integro de imposiciones mediante pago por subrogación, se encuentra entregada a la Superintendencia de Pensiones, conforme con lo dispuesto en los artículos 46, 47 y 48 de la ley N° 20.255, por lo que se remiten a esa entidad las presentaciones del interesado y sus antecedentes, así como también su expediente jubilatorio -N° 99401327793-, para su estudio y respuesta directa al señor nombre reservado.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe de Departamento Subrogante Departamento de Previsión Social y Personal