Cursa con alcances la resolución N° 4, de 2016, de la Subsecretaría del Trabajo
- Fecha
- 1 de abril de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, contratos administrativos, licitación pública
- Cita
- Dictamen N° 24.517 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 46.307 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 24.517 Fecha: 01-IV-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que dispone el llamado a licitación pública para contratar servicios de WAN, LAN y telefonía IP privada, y aprueba las bases administrativas y técnicas respectivas, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cabe manifestar que la fórmula expresada en el N° 9.2 del pliego de condiciones, para la ponderación final de los puntajes, debe incorporar todos los criterios y factores detallados en el N° 9.1 de las bases que regula la evaluación, con sus respectivas ponderaciones, y no como aquella se establece en ese N° 9.2. Asimismo, cabe entender que la facultad de la subsecretaría de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato prevista en el N° 18 de las bases procederá solo en aquellos casos en que la causal de término anticipado sea imputable al proveedor. Lo anterior deberá ser precisado en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, en la etapa correspondiente a la aclaración de las bases. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República