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Derecho público chileno

DictamenN° 23.747 de 201318 abr 2013

Contraloría no da curso a resolución del Serviu Metropolitano por obra de conservación de vías

Fecha
18 de abril de 2013
Materia
Urbanismo, construcción y vivienda
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Serviu
Cita
Dictamen N° 23.747 de 2013

Resumen

Se abstiene de dar curso a la resolución por no constar los recursos para solventar la obra durante el año 2013, y advierte diferencias en la experiencia exigida, falta de convenio mandato y errores en la individualización de las vías.

Sumario de la Contraloría

Representa la resolución N° 91, de 2013, del Serviu Metropolitano

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 23.747 Fecha: 18-IV-2013 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 91, de 2013, del Serviu Metropolitano, mediante la cual se acepta la oferta y contrata la ejecución de la obra “Conservación Vías Transantiago” comuna de Independencia, atendido que no consta que se hayan dispuesto los recursos necesarios para solventar la ejecución de la obra durante el año 2013.

Asimismo, cabe precisar que la experiencia exigida a los profesionales de la obra que se indica en la letra a) del numeral 3 de la parte resolutiva del referido acto, difiere de aquella requerida en el anexo complementario, aprobado por la resolución exenta N° 5.829, de 2012, de ese servicio.

A su vez, no se acompaña la resolución exenta N° 1.679, de 2012, del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, mediante la cual se aprueba el convenio mandato de 20 de julio de 2012, entre esa entidad y el SERVIU Metropolitano, para la ejecución de las obras ya citadas, a que alude la letra f) del considerando del documento en estudio.

Además, corresponde señalar que las vías a intervenir en el eje Barón de Juras Reales, indicadas en el recuadro contenido en el numeral 1 de la parte resolutiva del acto examinado, corresponden a las calles Catorce de La Fama y Reina María, y no como allí se consigna Finalmente, cabe indicar que las modificaciones que ese servicio introduzca a las bases administrativas conforme a los formatos tipo aprobados por la resolución N° 283, de 2009, deberán ser sancionadas por resolución sometida al trámite de toma de razón antes de que produzcan sus efectos, y no como ocurrió en esta ocasión en que se introdujeron variaciones a las referidas bases mediante el documento denominado “Anexo a Bases Administrativas”, sin que el acto administrativo que las aprobó se haya sometido a dicho trámite.

Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación