Plazo de prescripción para solicitar cambio de causal de retiro en las Fuerzas Armadas
- Fecha
- 28 de junio de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dfl 1/68 defen art/164 inc/2, dfl 1/97 defen art/fin
- Descriptores
- FACH, ex funcionario, cambio causal de retiro, prescripción
- Cita
- Dictamen N° 23.557 de 2017
Resumen
El derecho a pedir el cambio de causal de retiro por una dolencia no proveniente de accidente en acto del servicio prescribe en 10 años, por lo que la solicitud presentada fuera de ese lapso resulta extemporánea.
Sumario de la Contraloría
Derecho a solicitar cambio de causal de retiro, debido a una dolencia no proveniente de un accidente en acto del servicio, prescribe en el plazo de 10 años
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 70.160 de 2014
- Aplica Dictamen N° 45.446 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 23.557 Fecha: 28-VI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de la Fuerza Aérea, solicitando, según entiende esta Entidad de Control, la modificación de su causal de retiro por una invalidez.
Por su parte, la Dirección de Gestión y Correspondencia de la Presidencia de la República ha remitido un reclamo del recurrente formulado en idénticos términos a los expuestos en la presentación que nos ocupa.
Sobre el particular, es menester señalar, de acuerdo con el criterio contenido en los dictámenes N os 45.446, de 2010 y 70.160, de 2014, de este origen, entre otros, que en el caso de desvinculaciones que no provengan de accidentes en actos del servicio, como sucedió en la especie, los interesados pueden requerir una revisión de su situación médica con la finalidad de determinar si les corresponde el reseñado cambio, siempre que lo hagan dentro del plazo de prescripción de 10 años contemplado en el artículo 164, inciso segundo, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, antiguo Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, vigente en virtud del artículo final del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, de la misma Secretaría de Estado.
Ahora bien, en atención a que según se advierte de la copia del oficio N° 31.045-3, de 2010, de la Fuerza Aérea, tenido a la vista, el señor nombre reservado cesó en sus funciones a partir del 31 de julio de 1982 y su petición para modificar la causal de su retiro la realizó con fecha 15 de febrero de 2010, esto es, transcurrido el aludido lapso de diez años, cabe concluir que el derecho a obtener el cambio que pretende, se encuentra prescrito.
Transcríbase a la Dirección de Gestión y Correspondencia de la Presidencia de la República.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal