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Derecho público chileno

DictamenN° 23.557 de 201728 jun 2017

Plazo de prescripción para solicitar cambio de causal de retiro en las Fuerzas Armadas

Fecha
28 de junio de 2017
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dfl 1/68 defen art/164 inc/2, dfl 1/97 defen art/fin
Descriptores
FACH, ex funcionario, cambio causal de retiro, prescripción
Cita
Dictamen N° 23.557 de 2017

Resumen

El derecho a pedir el cambio de causal de retiro por una dolencia no proveniente de accidente en acto del servicio prescribe en 10 años, por lo que la solicitud presentada fuera de ese lapso resulta extemporánea.

Sumario de la Contraloría

Derecho a solicitar cambio de causal de retiro, debido a una dolencia no proveniente de un accidente en acto del servicio, prescribe en el plazo de 10 años

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 23.557 Fecha: 28-VI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de la Fuerza Aérea, solicitando, según entiende esta Entidad de Control, la modificación de su causal de retiro por una invalidez.

Por su parte, la Dirección de Gestión y Correspondencia de la Presidencia de la República ha remitido un reclamo del recurrente formulado en idénticos términos a los expuestos en la presentación que nos ocupa.

Sobre el particular, es menester señalar, de acuerdo con el criterio contenido en los dictámenes N os 45.446, de 2010 y 70.160, de 2014, de este origen, entre otros, que en el caso de desvinculaciones que no provengan de accidentes en actos del servicio, como sucedió en la especie, los interesados pueden requerir una revisión de su situación médica con la finalidad de determinar si les corresponde el reseñado cambio, siempre que lo hagan dentro del plazo de prescripción de 10 años contemplado en el artículo 164, inciso segundo, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, antiguo Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, vigente en virtud del artículo final del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, de la misma Secretaría de Estado.

Ahora bien, en atención a que según se advierte de la copia del oficio N° 31.045-3, de 2010, de la Fuerza Aérea, tenido a la vista, el señor nombre reservado cesó en sus funciones a partir del 31 de julio de 1982 y su petición para modificar la causal de su retiro la realizó con fecha 15 de febrero de 2010, esto es, transcurrido el aludido lapso de diez años, cabe concluir que el derecho a obtener el cambio que pretende, se encuentra prescrito.

Transcríbase a la Dirección de Gestión y Correspondencia de la Presidencia de la República.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal