Plazo fatal de un año para solicitar revisión de calificación de exfuncionario de Carabineros
- Fecha
- 7 de septiembre de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dfl 2/68 Inter art/32, ley 11595 art/36
- Descriptores
- Carabineros, calificaciones, plazo para solicitar revisión, lista de eliminación
- Cita
- Dictamen N° 22.443 de 2018
Resumen
Se desestima por extemporánea la solicitud de revisión de la calificación, pues el plazo fatal de un año, contado desde el cese, es de caducidad y no se interrumpe ni suspende por reclamos previos.
Sumario de la Contraloría
Exfuncionario de Carabineros de Chile posee el plazo fatal de un año para solicitar la revisión de su calificación
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 34.159 de 2017
- Aplica Dictamen N° 29.544 de 2017
- Aplica Dictamen N° 39.941 de 2009
- Aplica Dictamen N° 39.932 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 22.443 Fecha: 07-IX-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar, por las razones que expone, la reconsideración del oficio N° 34.159, de 2017, de esta procedencia, mediante el cual se determinó que su calificación correspondiente al año 2016, en la que fue incluido en Lista N° 4, de Eliminación, se ajustó a derecho.
Al respecto, cabe anotar que el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa institución policial, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, previene, en lo pertinente, que un exempleado de aquella entidad que haya sido llamado por haber sido ubicado en la Lista N° 4, de Eliminación, puede requerir la revisión de su evaluación siempre que deduzca el recurso que le franquea ese último texto legal, ante esta Contraloría General, dentro del plazo fatal de un año, contado desde el cese, lo que no se cumple en la especie, considerando que dicho término, según se manifestó en los dictámenes N os 39.932 y 39.941, de 2009, y en el oficio N° 29.544, de 2017, de esta procedencia, entre otros, es de caducidad y no de prescripción, de modo que no se interrumpe ni se suspende por la interposición de algún reclamo durante su vigencia.
Puntualizado lo anterior, se debe indicar que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el señor nombre reservado fue llamado a retiro a contar del 28 de diciembre de 2016, por haber sido incorporado en la Lista N° 4, de Eliminación, reclamando de ello el día 20 de enero de 2017, presentación que fue rechazada por el citado oficio N° 34.159, de 2017.
Ahora, en esta oportunidad, con fecha 31 de agosto de 2018, esto es, vencido el anotado término de un año, solicita nuevamente el examen de la aludida calificación, por lo que resulta forzoso desestimar, por extemporánea, la petición de que se trata.
Saluda atentamente a Ud.
Por Orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe de Departamento Subrogante Departamento de Previsión Social y Personal