Adscripción de académico e inclusión en prórroga de contratas en la Universidad de Chile
Marcado por la Contraloría: reconsiderado parcialmente, alterado.
- Fecha
- 20 de marzo de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 906/2009 UChile exe art/17
- Descriptores
- Universidades
- Cita
- Dictamen N° 22.343 de 2015
Resumen
Se rechaza la petición de rectificar la prórroga, pues el académico está adscrito al Departamento de Derecho Internacional, y se constata regularizada la condición funcionaria de la recurrente.
Sumario de la Contraloría
Académico está adscrito al Departamento que se indica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, por lo que procedió su inclusión en la prórroga de contratas de esa dependencia. Nombramiento de la requirente se encuentra regularizado. Reconsiderado parcialmente por dictamen 62038/2015
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Reconsidera parcialmente Dictamen N° 62.038 de 2015
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 64.681 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 22.343 Fecha : 20-III-2015 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General doña nombre reservado, Profesora Asistente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, para solicitar que este Órgano Fiscalizador ordene la rectificación del decreto exento que indica, de ese origen -en el cual se dispone la prórroga de las contratas de los académicos que ahí se individualizan-, por haber sido incluido en él en calidad de profesor del Departamento de Derecho Internacional de la aludida facultad, el señor nombre reservado, quien no se encontraría adscrito a este último.
Requerido de informe, el Rector de la nombrada casa de estudios expone que la situación que plantea la recurrente es una decisión que compete a la máxima autoridad de la facultad de que se trata quien, por su parte, señala que el académico que se cuestiona, está adscrito al Departamento de Derecho Internacional.
Al respecto, es dable precisar que el artículo 17 del decreto exento N° 906, de 2009, de la Universidad de Chile -Reglamento General de Facultades-, que regula la adscripción de académicos a las distintas unidades, prevé, en lo que interesa, que dicho procedimiento debe ser efectuado por el correspondiente decano, previo informe de la unidad respectiva y la aprobación del Consejo de Facultad.
Luego, y en cuanto a la solicitud de la requirente, es menester hacer presente que de acuerdo con lo comunicado por el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, el señor nombre reservado se encuentra adscrito al citado departamento, presupuesto necesario para ser incorporado en la prórroga de contratas de que se trata, de manera que resultó procedente su inclusión en el referido proceso, razón por la cual, se rechaza la petición de la ocurrente.
Enseguida, la señora nombre reservado aduce que la superioridad no ha adoptado las medidas tendientes a rectificar su condición funcionaria, de contrata a titular, en conformidad con lo declarado en el dictamen N° 64.681, de 2014, de esta procedencia, que acogió su reclamo sobre la materia.
En este sentido, cabe manifestar que del examen del Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado -SIAPER-, que mantiene este Organismo Contralor, aparece que la situación expuesta por la interesada fue subsanada mediante el decreto Nº 5.153, de 2014, de la anotada universidad, el que fue tomado razón por no advertirse irregularidades.
Transcríbase al Rector de la Universidad de Chile y al Decano de la Facultad de Derecho de esa misma universidad.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General