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Derecho público chileno

DictamenN° 22.092 de 201622 mar 2016

Cursa con alcances la resolución N° 58, de 2016, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud

Fecha
22 de marzo de 2016
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, contratos de suministro, trato directo
Cita
Dictamen N° 22.092 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 22.092 Fecha: 22-III-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al acto administrativo singularizado en el epígrafe, que aprueba el contrato suscrito vía trato directo para la adquisición del producto que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cabe señalar que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato ya fue entregada, según aparece de lo estipulado en la cláusula décima del contrato, por lo que no procede la exigencia prevista sobre el particular en el resuelvo N° 3 del acto administrativo del rubro (aplica dictamen N° 16.495, de 2016). En lo formal, en el resuelvo N° 2 de documento en examen se advierte un error en el nombre de la empresa con la que se contrata. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución mencionada. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República