Cursa con alcance la resolución N° 25, de 2018, de la Dirección General de Aeronáutica Civil
- Fecha
- 30 de agosto de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 250/2004 Hacie art/70
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, contratos de servicios, garantía de fiel y oportuno cumplimiento
- Cita
- Dictamen N° 21.672 de 2018
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 36.325 de 2017
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 21.672 Fecha: 30-VIII-2018 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, por medio de la cual se aprueba el contrato de prestación del servicio de aseo para el Complejo Aeronáutico Quinta Normal, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que atendido el tiempo transcurrido entre la emisión de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, a que alude la cláusula cuarta del mismo, y la época en que entrará en vigencia el convenio que se aprueba, determinada en su cláusula décima segunda, el mencionado instrumento no cubre completamente el plazo de duración de dicha convención, más 90 días corridos, según lo exigía el párrafo tercero del N° XI.1 de las respectivas bases administrativas, por lo que esa superioridad deberá velar para que dicha caución sea renovada por el proveedor antes de su vencimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 70 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda (aplica dictamen N° 36.325, de 2017).
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República